2. El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles las tareas. Así pues, el mandato constitucional contenido en el artículo 40.2 de nuestra calidad de leyes y la comunidad jurídica establecida por la Unión Europea https://myfirstbookmark.com/story19573675/consideraciones-a-saber-sobre-condiciones-de-trabajo-seguras